Categoría: Propiedad intelectual

  • La industria musical y la privacidad

    I met with all of the major labels (Universal, EMI, Sony, and Warner Music) and they seemed open minded to new ideas. One had a cautious ‘wait and see’ type of attitude. Another wanted millions of dollars up front. One insanely asked me if I would embed the purchaser’s credit card number in the song files they bought. (I pointed out as politely as I could that no one would shop at Barnes and Noble if they printed your credit card number on every page of every book you bought. And, um, oh yeah, I’d be breaking a variety of federal and state laws!)

    O lo que es lo mismo (en traducción libre y aproximada, con el énfasis de cosecha propia),

    Me reuní con las cuatro grandes (Universal, EMI, Sony y Warner Music) y todas parecían abiertas a nuevas ideas. Una tenía una actitud cuidadosa, ‘esperemos y veamos’. Otra quería millones de dólares por adelantado. Otra me preguntó, extrañamente, si incrustaría el número de la tarjeta de crédito del comprador en los archivos que comprase. (Le señalé tan amablemente como pude que nadie compraría en Barnes and Noble si imprimiesen el número de la tarjeta de crédito en cada página de cada libro que comprases. Y… ah, sí, ¡eso incumpliría una serie de leyes estatales y federales!)

    Lo cuenta Michael Robertson, hablando del cierre de una de sus últimas iniciativas empresariales, para vender música en CDs a través de la red, físicamente pero con el añadido de archivos digitales que uno puede descargarse inmediatamente…

    La pregunta, desde luego, es el tipo de drogas que debe consumir alguien para hacer una pregunta así de peregrina. No estamos hablando de Pepito Pérez, recordemos, sino de un ejecutivo de una gran discográfica que habla, para bien o para mal, con un innovador que se ha forrado con esto de los negocios en la red y al que, por tanto, se le supone un cierto conocimiento de cómo funcionan los negocios tanto discográfico como en la red, por no hablar de las legislaciones aplicables. Supongo que este señor viste habitualmente ropa con el número de su tarjeta de crédito estampado en la espalda. Porque si no, sencillamente, no lo entiendo…

  • El derecho de imagen también cuenta…

    Esto del «user generated content» es bien complicado… Si los derechos de autor ya son suficientemente difíciles de entender, a pesar de los esfuerzos de gente como Creative Commons, estos no son los únicos que hay que tener en cuenta a la hora de publicar en la red: los derechos de imagen también hay que considerarlos. Como muestra, un botón: cuentan en CNet el caso de Alison Chang. Hace unos meses alguien le hizo una foto y la publicó en Flickr con una licencia CC de atribución. Esta licencia permite el uso comercial. Y resulta ser que un creativo la usó para una campaña publicitaria para una operadora móvil australiana. Como puede anticipar el avispado lector, Alison, al encontrar su imagen en unas cuantas vallas publicitarias, se llevó una sorpresa bastante considerable y, cosas de la vida, el caso está en los tribunales.

    Strictu sensu, el primero que mete la pata (involuntariamente y con la mejor intención) es el fotógrafo que sube la foto de alguien a Flickr y le pone una licencia que permite su reutilización (con los fines que sea) sin más autorización. Si afinamos más, la compañía que realizó los anuncios también debería ser bastante más fina a la hora de dar el OK a contenidos obtenidos de un sitio como Flickr. Y en definitiva, la lección es que todos (Creative Commons, Flickr, el sistema educativo…) deberíamos hacer lo posible por educarnos (y educar al prójimo) sobre lo que se puede y debe hacer (o no) con los contenidos que publicamos en la red…

  • ¡amazonmp3!

    El banner de amazonmp3

    En beta y, lo que es peor, de momento sólo para Estados Unidos, pero ya está en funcionamiento amazonmp3, la tienda musical sin DRM de Amazon (blog-anuncio).

    A destacar:

    • Los datos estadísticos previsibles: más de dos millones de pistas de 180,000 artistas de hasta 20,000 sellos discográficos (algo me dice, eso sí, que la mayoría de la música proviene de cuatro de esos sellos…).
    • Las canciones, a 90 céntimos de dólar y los discos a 9 dólares para los éxitos, y entre 6 y 9 dólares para ‘la mayoría de discos’. Demostrando que la competencia es buena para el consumidor (y que de alguna forma hay que robarle ‘market share’ a iTunes) y, además, que el modelo del precio fijo ni es irrompible ni (más importante) hace falta que se rompa hacia arriba.
    • Los rankings y el motor de sugerencias de Amazon. No por obvio deja de ser una gran idea.
    • A destacar que destaquen (valga la redundancia) lo de «music downloads for any media player» y que pongan los reproductores de Apple, Microsoft y Sansa en la foto.

    A ver para cuándo sale en Europa…

    PS El formato, MP3 a 256 kilobits.

    PPS En Ars Technica se han pasado la mañana de pruebas (afortunados ellos, que viven en Estados Unidos y pueden). Más cosillas que cuentan:

    • Para comprar pistas no hace falta soft, pero sí para comprar el disco «a precio de disco». El programilla está disponible, de momento, sólo para MacOS X y Windows, con lo que hará falta algo como Wine para comprar directamente discos enteros desde Linux, a la espera de que saquen el cliente, que ya está anunciado.
    • La interfaz web sí la he podido probar y está en la línea «de calidad garantizada» de Amazon, con un poco de Flash para preescuchar fragmentos de cualquier tema.
    • No se ofrece (como sí hace eMusic, por ejemplo) la redescarga gratuita de canciones, o sea que mejor andarse con ojo y hacer copias de seguridad.
    • Lo que se adquiere no es un archivo MP3 sino una licencia no transferible, que no permite ni la reventa ni el préstamo a que tendríamos derecho con un CD.
    • Faltan los catálogos de Sony BMG y Warner.
  • El músico de clase media

    Lectura interesante para los interesados en lo que le va a pasar a la música en los próximos años (o meses, o días, que las cosas se mueven muy deprisa). En CNet hablan con Tim Westergren. Esto es, con uno de los fundadores de Pandora, la fantástica emisora de radio a medida que, tristemente, ya hace tiempo que sólo está disponible en Estados Unidos.

    Especialmente interesante es el concepto de «músico de clase media». Comenta Westergren cómo con el modelo actual los músicos o se forran (unos pocos, muy muy pocos) o no pueden vivir de las ventas y las actuaciones. Y es que o das la campanada o difícilmente vas a tener acceso a las emisoras de FM o las televisiones que siguen siendo la manera de llegar a la gallina de los huevos de oro. Comenta Westergren que son los medios «poco intermediadores» que permite la red los que deberían facilitar al músico sin acceso a los grandes canales, pero con suficiente talento, la búsqueda de su propio nicho en el mercado, ampliar su radio de acción de manera global y eficiente y obtener, finalmente, la justa recompensa a su esfuerzo y capacidad, pasando del boca-oreja como único medio de promoción a las sugerencias algorítmicas de Pandora y similares, con el consiguiente incremento de diversos órdenes de magnitud en cuanto a eficacia y eficiencia. Nada nuevo, de hecho: acercarse un poco más al modelo «long tail» que ha popularizado Chris Anderson.

    ¿El problema? Como hemos comentado más de una vez por aquí, la escasez. En este caso ni de música ni de hipotéticos clientes, sino de espectro radiofónico y canales de distribución (los canales prefieren autodenominarse discográficas, pero es un eufemismo cada vez más evidente e innecesario). Internet, como de costumbre, debería ser la encargada de matar al intermediario y racionalizar el proceso. El único problema es que el intermediario (i) no quiere morir y (ii) tiene una enorme reserva económica a su alcance y conoce muy bien las triquiñuelas que permite el sistema, con lo que ofrece una resistencia feroz al cambio. Y el que crea que el debate de los royalties en Estados Unidos y la complicadísima telaraña de legislaciones nacionales y transnacionales de la «protección de los derechos del autor» (otro eufemismo escandaloso) no son lo que son con el propósito de proteger a los guardianes de la puerta (o de los canales, en este caso), debería repasar el tema con atención.

  • La UE y el anonimato de las descargas

    En España, la situación actual es la siguiente: descargar música o películas de Internet «sin ánimo de lucro» y entre privados no es delito, según la circular 1/2006 de la Fiscalía General, referida al derecho a la propiedad intelectual e industrial. No obstante, esa misma circular deja en manos de las compañías afectadas la posibilidad de utilizar la vía civil (no la penal) y demandar a quien se descargue música o películas. Es decir, pedir una indemnización. �?se era el objetivo de Promusicae, pero para poder pedir esa responsabilidad civil necesitaba que Telefónica le diese los nombres de los internautas a cuyas IP había tenido acceso.

    Pues va a ser que no. Telefónica no va a dar esos datos y el juez no le va a obligar.

    Un informe de la abogada general del Tribunal de Luxemburgo, Juliane Kokot, hecho a raíz de un pleito que hay en Madrid contra Telefónica por negarse a delatar a usuarios que se han descargado música, abunda en la primacía de la reserva de los datos personales de los usuarios de Internet cuando éstos no están inmersos en causas criminales ni el asunto afecta a la seguridad nacional.

    Es decir, una causa civil no es motivo suficiente para pedir datos personales a un juez y, por otra parte, las denuncias por incumplimiento de los derechos de autor deben ir por vía civil.

    Pedro Martínez, teniente fiscal del Tribunal Superior de Madrid, señala: «Nadie duda de la necesidad de restablecer el equilibrio entre el derecho individual de autor y el derecho colectivo a la cultura, pero esto no puede lograrse a costa de limitar los derechos civiles, en este caso la intimidad y el derecho a la vida privada». Martínez añade: «La directiva 2000/31/CE aconseja pactar códigos de conducta entre usuarios, proveedores y titulares de derechos, pero también sería deseable bajar los precios de los productos, a la vista de que el salario mínimo en España es de 570 euros».

    El artículo de El País